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Chile: Nueva acreditación será obligatoria y sumará a carreras

Diario La Tercera (2016/01/16) Sistema considera cuatro categorías y si no cumple el mínimo, se exigirá administrador provisional, salvo en las Ues. estatales. En la presentación a los rectores del ante proyecto de reforma a la educación superior se puede ver la disposición de crear una subsecretaría, entidad que tendrá entre sus funciones proponer al Mineduc programas, planes, administrar el sistema de financiamiento público a las instituciones de educación superior y también la información relativa al sector.

Sobre el aseguramiento de la calidad se detalla que la acreditación por años será reemplazada por cuatro niveles (A, B, C y D) y será de carácter obligatorio. Además, este proceso se hará integrado, lo que significa que la futura agencia de la calidad de la educación superior certificará “tanto la totalidad del quehacer de las instituciones, como una muestra de carreras o programas. Además, se evaluarán las áreas de gestión, recursos institucionales, sistema interno de aseguramiento de la calidad, formación aprendizaje, generación de conocimiento, creación e innovación y vinculación con el entorno.

Las instituciones acreditadas en el nivel D estarán impedidas de aumentar el número de vacantes, abrir nuevas sedes, impartir nuevas carreras, acreditar programas de doctorado. En tanto, aquellas catalogadas en el nivel B o C deberán solicitar autorización al Mineduc y a la agencia de calidad para la apertura de nuevas sedes o nuevas carreras. La agencia podrá hacer recomendaciones para la mejora de la calidad de la institución.

Los planteles del nivel A sólo informarán al Mineduc y a la agencia la apertura de nuevas sedes o carreras. También podrán recibir recomendaciones.

En caso de que una institución no logre acreditarse, se nombrará un administrador provisional para recuperar o mejorar tal condición. En caso de no lograr avances, podría perder el reconocimiento oficial. Además, no podrán aumentar el número de vacantes, ni abrir nuevas sedes ni impartir nuevas carreras.

En el caso de las universidades estatales, si no logran acreditarse deberán elaborar un plan de recuperación que deberá implementar con el apoyo de la subsecretaría.

Para la fiscalización se crea una superintendencia que será un servicio público descentralizado. Este organismo también atenderá denuncias, reclamos y podrá emitir sanciones como amonestaciones, multas, revocación del reconocimiento oficial, prohibición temporal de admitir nuevos estudiantes o de recibir fondos públicos.

También se propone un marco regulatorio que controle y evite el lucro en la educación superior.


http://diario.latercera.com/2016/01/16/01/contenido/pais/31-207272-9-nu…