La Ley de Lenguas establece en varios artículos el uso oral y escrito de las dos lenguas oficiales, en igualdad de condiciones, en la administración de los tres Poderes del Estado y demás entidades públicas autónomas.
A partir de la reciente aprobación de la Gramática Oficial de la Lengua Guaraní por parte de la entidad rectora de la normativización de dicha lengua, la Academia de la Lengua Guaraní (ALG), y de conformidad con el Decreto PE 6797/17, la Secretaría de Políticas Lingüísticas (SPL), resolución mediante, refrenda dicha decisión, como también se dispone del plazo de tres años para la exigibilidad del uso escrito de la lengua guaraní en todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE).
Señalan que la Ley 4251/10, De Lenguas, establece en varios artículos el uso oral y escrito de las dos lenguas oficiales (guaraní-castellano), en igualdad de condiciones, en la administración de los tres Poderes del Estado y demás entidades públicas autónomas.
El 22 de junio pasado, la ALG aprobó la Gramática Oficial de la Lengua Guaraní y por Resolución Nº 101 del 24 de julio de 2018, la SPL refrendó dicha decisión. Asimismo, la SPL expidió la Resolución Nº 103, de fecha 30 de julio, por la cual se dispone el plazo de tres años para la exigibilidad en la implementación de las obligaciones derivadas de la Ley de Lenguas que requieran una expresión escrita, plazo que corre a partir del 22 de junio del 2018, según la resolución.
Si bien es cierto que actualmente no existe ningún impedimento para la utilización oficial tanto oral como escrita de la lengua guaraní junto al castellano, y la línea de gestión institucional de la SPL fue siempre impulsar y promover su uso; a partir de la aprobación de la Gramática Oficial de la Lengua Guaraní, se disponen de tres años para la exigibilidad de su uso oficial escrito, según el artículo 51 de la misma Ley de Lenguas.
Uso oficial de ambas lenguas:
El uso oficial escrito del castellano y el guaraní implica la redacción de las documentaciones, normativas, informaciones, señalizaciones, etc., de todas las instituciones públicas del Estado paraguayo, en ambas lenguas.
La SPL es la entidad encargada del diseño, implementación y supervisión de la política lingüística nacional y como autoridad de aplicación de la Ley 4251/10, De Lenguas, planifica su gestión con organismos públicos y privados vinculados al tema.