Diario La República (30/6/2014) El superintendente será designado por el Ministerio de Educación por un plazo de tres años, pudiendo ser renovado por un período adicional. Pese a todos los cuestionamientos, la aprobada nueva ley universitaria se presenta como una verdadera reforma del sistema de educación superior, teniendo como vértice importante la desaparición de la tan criticada Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y la creación de una superintendencia.
Entre las funciones de esta nueva institución, destaca el establecer los estándares básicos de calidad, otorgar licenciamiento para el servicio educativo superior universitario y, sobre todo, fiscalizar el uso de los recursos públicos destinados a las universidades.
El proyecto original tenía una conformación distinta a la que se ha aprobado en el segundo capítulo. El dictamen de la Comisión de Educación indica que el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu), nombre original, debía estar conformado por hasta nueve personas.
En cambio, la ahora Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) tendrá en su consejo directivo a siete integrantes, siendo uno de ellos el titular, conocido como el superintendente.
La conformación de este consejo directivo también ha variado. La Comisión de Educación, antes del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, planteaba que sus integrantes sean un representante del Ministerio de Educación, un representante del Ceplan, un representante del Concytec, dos representantes de las universidades públicas, dos representantes de las universidades privadas, un miembro de los colegios profesionales y un representante del sector empresarial.
El proyecto enviado por el Ejecutivo borra de la lista al Concytec, Ceplan, colegios profesionales y sector empresarial. Además, añade a un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.
Sin embargo, el presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora, logró reemplazar al integrante del MEF por uno que designe Concytec.
De tal modo, la superintendencia queda conformada por el representante del Ministerio de Educación, el integrante de Concytec, dos representantes de las universidades públicas, uno de las privadas y dos personalidades.
Estos cinco últimos serán elegidos mediante concurso público nacional convocado por el propio Ministerio de Educación, aunque la evaluación y elección estará a cargo del Consejo Nacional de Educación, a fin de evitar suspicacias.
Sin embargo, el superintendente sí será elegido por el ministerio señalado por un periodo de tres años, pudiendo ser renovado por un período adicional, mediante resolución suprema a propuesta del titular de la cartera.
ELECCIÓN DE MIEMBROS DEL CNM Y JNE
Entre otras funciones que tendrá la Sunedu, están las atribuciones que hoy tiene la ANR como es la elección de importantes autoridades de diferentes instituciones autónomas del Estado.
El artículo 155 de la Constitución Política es claro al indicar que las universidades públicas y privadas eligen a dos integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Asimismo, las universidades eligen a dos integrantes del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), tal como lo indica el artículo 179 de la Carta Magna.
Hoy en día, la ANR se encarga de elegir a estas importantes autoridades. Algunas de estas designaciones han generado controversia, al nombrar a expresidentes de su institución en el cargo, como el caso de Francisco Delgado de la Flor, quien fue titular de la ANR, por tres periodos, de enero del 2000 a agosto del 2004, y en febrero del 2005 fue designado consejero del CNM.
De promulgarse la nueva ley universitaria, será la Sunedu la que se encargue de elegir a estas autoridades. Los siete integrantes del consejo directivo de esta institución serán los responsables de las designaciones.
Uno de los ataques al proyecto aprobado viene por este punto, siguiendo una cadena en la que, supuestamente, el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, controlará la superintendencia y, por ende, elegirá a las autoridades del CNM y JNE, pudiendo nombrar, ratificar o retirar jueces y fiscales a su gusto.
Sin embargo, Daniel Mora rechazó esta hipótesis al dejar en claro que los siete directivos del Sunedu son los que eligen a estas autoridades y no solo el representante del Ministerio de Educación.
http://www.larepublica.pe/01-07-2014/ley-universitaria-conoce-mas-de-la…